-
Inicio
- Asesoría Jurídica
1) El Asociado/a, su cónyuge e hijos menores de edad gozarán de un servicio especializado de ASISTENCIA JURÍDICA con el objetivo de resolver o prevenir conflictos jurídicos, así como al;
2) FONDO DE SUBSIDIO PARA GASTOS DE SEPELIO, el cual es un fondo de ayuda de carácter especial destinado a afrontar gastos por sepelio del socio/a, su cónyuge o concubino, padres e hijos hasta 22 años de edad.
REQUISITOS PARA ACCEDER A LA ASISTENCIA JURÍDICA
• Abonar el aporte mensual establecido para este fondo.
• Estar al día con sus obligaciones societarias.
• Contar con un mínimo de 6 meses de aporte al fondo, descontados vía giraduría.
BENEFICIOS DE LA ASISTENCIA JURÍDICA
La Mutual Nacional de Funcionarios de Salud Pública y Bienestar Social asume el pago de los honorarios profesionales intervinientes en los juicios de primera necesidad (Consultar Cobertura).
• Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:00 hs. a 15:30 hs. Solicitar cita 24 hs. antes.
• Dirección: Tte. Fariña 1070 c/ Brasil.
• Teléfono: (021) 441 941 ó (0986) 540 566.
• Abog. Osvaldo Sotelo: (0986) 540 377.
REQUISITOS PARA ACCEDER FONDO DE GASTOS DE SEPELIO
• Presentación de la solicitud y los recaudosexigidos para cada caso en particular.
• Abonar el aporte mensual establecido para este fondo y estar al día con el fondo.
• Estar al día con sus obligaciones societarias.
• Contar con un mínimo de 6 meses de aporte al fondo al momento de ocurrir el evento.
• Presentar la solicitud dentro del plazo de 90 días contados a partir de la fecha de fallecimiento.
REQUISITOS POR FALLECIMIENTO DE PADRE/MADRE.
• Certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
• Certificado de nacimiento del socio/a
• Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del Socio/a y del fallecido.
REQUISITOS POR FALLECIMIENTO DE HIJO MENOR DE 22 AÑOS.
• Certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
• Certificado de nacimiento del hijo o libreta de familia del socio/a
• Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del Socio/a y del fallecido.
REQUISITOS POR FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE-CONCUBINO/A.
• Certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
• Certificado de matrimonio o libreta de familia del Registro Civil o copia autenticada de la sentencia de matrimonio aparente.
• Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del Socio/a y del fallecido.
REQUISITOS POR FALLECIMIENTO DEL SOCIO/A.
• Certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
• En caso de que el solicitante sea el cónyuge o concubino/a debe presentar la libreta de familia o certificado de matrimonio, o acta de matrimonio aparente expedido por el Juzgado.
• En caso de que el solicitante sea el hijo, debe presentar el certificado de nacimiento. Si son varios hijos cada uno debe presentar su certificado de nacimiento y el monto será prorrateado. En caso de que el recurrente beneficiario sea hijo menor de 14 años de edad, debe acceder al beneficio a través de un tutor.
• Original del certificado de nacimiento del solicitante (si el fallecido era su padre/madre).
• Original del certificado de nacimiento del fallecido (si el fallecido era hijo del solicitante).
• Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del Socio/a y del fallecido.